
El Juicio de Residencia
En la Corona de Castilla existía desde tiempo atrás el procedimiento legal que recibía este nombre. Fue una figura del Derecho castellano que estuvo vigente desde mediados del siglo XIV hasta finales del siglo XVIII. Eran sometidos a él todos los que hubiesen desempeñado un oficio por delegación de los Monarcas. Es tan antiguo que hunde sus raíces en el Derecho romano. Las Partidas lo recogen con la fórmula romana. Se aplicaba desde estos tiempos sólo a los jueces, que deberían de permanecer en el lugar en el que habían ejercido su cargo durante cincuenta días, para responder a las
