En la Edad Media, se explicaba el origen y el sustento del poder político como una consecuencia directa de la voluntad divina. La religión era el sustento de la sociedad y del Estado, la moral era la base del ordenamiento jurídico. Las luchas religiosas solían darse alimentadas por pugnas políticas. Así, las autoridades católicas veían en cada musulmán o judío, no sólo un hombre de otra religión sino también un conspirador potencial contra su poder, contra el régimen y sus fundamentos, contra la paz social y la tranquilidad pública; por ende, un enemigo político. Además, este supuesto doctrinal se veía confirmado por hechos históricos: la invasión y los continuos ataques de los musulmanes; las alianzas entre estos y los judíos contra los Reyes Católicos; el apoyo de los moriscos a los ataques musulmanes contra las costas de Andalucía; las conspiraciones de los moros para propiciar una invasión turca a la Península Ibérica, etc.
Por otro lado, durante la reconquista en la Península Ibérica se formaron dos grandes reinos católicos: Castilla y Aragón. Isabel de Castilla se casó con Fernando, príncipe heredero de la corona de Aragón; cinco años después, Isabel se convirtió en Reina de Castilla y, en otro lapso igual, Fernando fue coronado como Rey de Aragón.
El matrimonio de ambos no originó la unificación de España porque ambos reinos seguían siendo independientes el uno del otro. Isabel y Fernando concibieron el proyecto de centralizar en ellos el poder político, anteriormente disperso en la nobleza, llevando, a la postre, a la a unión de sus coronas en un solo Estado. Para ello, entre sus primeras medidas, procedieron a crear cinco consejos reales, uno de los cuales fue el Consejo de la Suprema y General Inquisición. Esta es la primera institución que con un solo jefe común – el Inquisidor General – para ambos reinos, tuvo bajo su poder toda España y sus colonias. Así, los reyes emplearon la unificación espiritual con una finalidad claramente política: la unidad española. De esta manera nació España, forjada en la milenaria lucha contra los infieles, consolidada en las pugnas contra los judaizantes, alimentada en las guerras con los protestantes, confirmada en la vasta tarea de evangelizar todo un nuevo mundo; baluarte de la Fe Católica; siempre defensora de la cristiandad y de la fidelidad a la Iglesia, siempre devota.
Creación
La creación del Santo Oficio o Inquisición fue consecuancia la intención de poder suprimir la herejía que asolaba al seno de la Iglesia Católica y para ello, se decidió crear una jurisdicción especial ejercida por los delegados del Papa.
El origen de la Inquisición no fue española, como muchos piensan, sino que fue creada en el siglo XII por el Papa Lucio III como instrumento para combatir la herejía cátara en el sur de Francia. A lo largo de toda la Edad Media hubo distintos tribunales de la Inquisición Pontificia en Europa, siendo los más activos los del norte de Italia y sur de Francia.
El origen del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición o Inquisición española tuvo su origen en 1478 fijada por los Reyes Católicos en el reino de Castilla.
Don Tomás de Torquemada fue designado en 1485 Inquisidor General por la Corona, posteriormente le seguirían otros inquisidores en Zaragoza, Valencia y Barcelona. Pero sería Sevilla, donde el Santo Oficio tendría una importancia primordial.
Aunque para muchos autores la Santa Inquisición acabó convirtiéndose en “un arma de la xenofobia” como es el caso de Juan Gil. El caso es que para la política de cohesión que querían implantar los Reyes Católicos en la Península Ibérica, entre el poder político, civil y religioso, el Tribunal de la Santa Inquisición ayudó muchísimo a la Corona, en un momento de grave crisis económica, tras las distintas conquistas del último reinado nazarí de Granada o las conquistas de ultramar.
Durante el periodo de la Santa Inquisición en España se luchó fervientemente contra el Islam, los cuales mantuvieron resistencia en el último reino nazarí de Granada, derrotados en enero de 1492. Además de los herejes musulmanes, la Corona española empezó en necesitar una mayor presión sobre el empuje o conquista económica por parte de los judíos, es por ello por lo que el Santo Oficio procedió a confiscar casas y pertenencias de familias acaudaladas judías, de tal manera que las ganancias que obtenían eran mucho mayores.
La Inquisición española fue creada, previa autorización del Papa Sixto IV, por los Reyes Católicos en 1478. Dos años después inició sus acciones en la ciudad de Sevilla para expandirse posteriormente por el resto de España y sus colonias. Por aquel entonces, la monarquía española, para centralizar y organizar su poder, tenía constituidos cinco consejos reales: Castilla, Aragón, Hacienda, Estado y el de la Suprema y General Inquisición. La corona empleó a este último como un organismo de control social, dirigiendo sus esfuerzos tanto a la defensa de la fe y la moral pública y privada, así como a la de la fidelidad a los monarcas y la paz social.
Cuando una persona era denunciada ante el Santo Oficio por algún delito que estuviera comprendido en sus competencias este iniciaba la respectiva investigación. El Tribunal tenía competencia sobre los siguientes tipos de delitos:
- Contra la fe y la religión: herejía, apostasía, blasfemia, etc.
- Contra la moral y las buenas costumbres: bigamia, supersticiones (brujería, adivinación, etc.).
- Contra la dignidad del sacerdocio y de los votos sagrados: decir misa sin estar ordenado; hacerse pasar como religioso o sacerdote sin serlo; solicitar favores sexuales a las devotas durante el acto de confesión, etc.
- Contra el Santo Oficio: en este rubro se consideraba toda actividad que en alguna forma impidiese o dificultase las labores del tribunal así como aquellas que atentasen contra sus integrantes.
- El Tribunal actuaba asimismo como censor. Mientras que las autoridades civiles ejercían la censura previa a la publicación de cualquier escrito, la Inquisición ejercía la censura posterior. La realizaba a través de dos modalidades: la purgación o la prohibición.
Se pedía al denunciante que aportase pruebas u otros testimonios que avalasen sus declaraciones. De existir al menos tres realizados por personas honorables y que no tuviesen ninguna animadversión contra el denunciado, se daba inicio al proceso, para lo cual detenían a este. Las denuncias eran cuidadosamente revisadas por los inquisidores, quienes disponían investigaciones complementarias. Generalmente consultaban el caso con los calificadores -especie de asesores con los que contaba el Tribunal- quienes hacían el papel de instancia previa al inicio del proceso inquisitorial y su fallo podía dar lugar a archivar el expediente. En este caso, quedaban la denuncia y lo actuado en una especie de suspensión indefinida, que podría ser resuelta en el futuro, ante una nueva denuncia o reiteración de las anteriores así como en el caso de la presentación de pruebas o testimonios adicionales.
Los calificadores eran designados entre expertos en materia teológica y jurídica; generalmente, eran autoridades eclesiásticas del más alto nivel o catedráticos especialistas en el tema. La opinión de ellos era tomada como de gran valor pero, al decidir, primaba el criterio de los inquisidores. Después de reunidas las pruebas, el encausado era apresado y conducido a las cárceles secretas de la Inquisición, en las cuales se le solicitaba en forma reiterada que se arrepintiese y confesase el motivo de su detención. Asimismo, se le incomunicaba completamente, no permitiéndosele ningún tipo de visitas, ni siquiera la de sus familiares más cercanos. A los detenidos se les proveía de una ración alimenticia adecuada -superior a la de las prisiones comunes de la época- en la que se incluía carne, leche, frutas y vinos. Si el procesado tenía recursos económicos se le deducía el valor de sus alimentos de sus bienes, los cuales eran secuestrados; en caso contrario, su costo era asumido por el Tribunal.
Se exigía al reo guardar total reserva de los hechos sucedidos durante su permanencia en las instalaciones inquisitoriales. Su habitual aislamiento sólo era interrumpido por los funcionarios del Tribunal quienes, cada cierto tiempo, lo visitaban para persuadirlo a confesar sus culpas. El motivo de la insistencia en la confesión voluntaria se originaba en que el Tribunal no buscaba la sanción del hereje sino su salvación. Para ello, era fundamental el arrepentimiento del procesado, lo que se manifestaría en su predisposición a confesar los hechos que habían dado origen al proceso. En los casos en que los reos se auto inculpaban las sanciones solían ser benignas; en la mayoría de dichos casos las acciones culminarían en el pago de alguna multa o en escuchar, vestido de penitente, misa en la Iglesia mayor; en realizar peregrinaciones, rezar algunas oraciones, etc. Si existían pruebas -entre ellas tres testigos por lo menos- pero el reo no reconocía las faltas que se le atribuían o si había cometido perjurio en sus declaraciones, después de haber utilizado sin resultado todos los mecanismos posibles para obtener su confesión, previas advertencias del caso, se le podía aplicar tormento, en conformidad con los procedimientos de los tribunales civiles de la época.
El Tribunal tenía entre sus atribuciones la capacidad de confiscar las propiedades de los acusados. El secuestro de bienes era dispuesto por los inquisidores al iniciarse el proceso, quienes, en los casos más graves -siempre y cuando se demostrase la culpabilidad del reo-, podían ordenar su confiscación. El dinero captado no ingresaba en el patrimonio de la Iglesia sino de la monarquía y se destinaba a financiar las acciones del propio Tribunal. Durante los primeros años de su funcionamiento la Inquisición española tuvo una ingente cantidad de recursos pero, al menos desde el siglo XVIII, no eran suficientes para cubrir sus propios gastos. Esto la llevó a recurrir constantemente al apoyo de la corona.
El proceso se realizaba en el mayor secreto posible y tanto los procesados como sus acusadores y los propios funcionarios y servidores del Santo Oficio se veían obligados a no revelar nada de lo sucedido. En caso de que violasen esta prohibición se les trataba con una severidad similar a la usada con los herejes. Este secreto absoluto de los procedimientos inquisitoriales fue uno de los orígenes de la muy extendida leyenda negra sobre el Santo Oficio ya que la población solía inventar las historias más inverosímiles sobre el mismo, las que eran transmitidas de generación en generación. Estos cuentos eran enriquecidos por los añadidos que hacía cada nuevo narrador, cuando las refería a sus amistades de mayor confianza o a sus familiares cercanos. La gente buscaba, a través de sus conjeturas, entender el funcionamiento y fines de tan misterioso Tribunal, ante el cual habían visto comparecer a algunos de sus allegados y a otras personalidades de la época.
Los juicios no tenían una duración predeterminada y consistían en una serie de audiencias a las cuales se sometía al procesado con la intención de llegar a determinar sus responsabilidades. Los acusados eran llevados a la llamada sala de audiencias, en las cuales encontrarían a los inquisidores y al fiscal. Este sólo acusaba al sospechoso en términos genéricos, sin precisar en ningún momento hechos o circunstancias que le hicieran conocer la identidad de sus acusadores. Se hacía así para evitar posteriores represalias contra los testigos. Si los inquisidores consideraban necesaria la utilización de instrumentos de tortura para el esclarecimiento de los hechos, fracasadas las reconvenciones al reo para que confesase, dispondrían, mediante la respectiva sentencia, su sometimiento a la cuestión de tormento.
La garrucha: consistía en sujetar al reo con los brazos en la espalda, mediante una soga movida por una garrucha y subirlo lentamente. Cuando se encontraba a determinada altura se le soltaba de manera brusca, deteniéndolo abruptamente antes de que tocase el piso. El dolor producido en ese momento era mucho mayor que el originado por la subida.
El potro: colocaban al preso sobre una mesa, amarrándole sus extremidades con sogas unidas a una rueda. Esta, al ser girada poco a poco, las iba estirando en sentido contrario, causando un terrible dolor. En la época era el instrumento de tortura más empleado en el mundo.
El castigo del agua: estando el procesado totalmente inmovilizado sobre una mesa de madera le colocaban una toca o un trapo en la boca deslizándolos, en cada caso, hasta la garganta. Luego el verdugo procedía a echar agua lentamente, produciendo al preso la sensación de ahogo.
La persona que utilizaba estos instrumentos de tortura era el verdugo, trabajador rentado del Tribunal. En numerosas ocasiones se usaba al mismo verdugo de los tribunales civiles. Sólo podían ingresar a la cámara de tormentos, además del verdugo, los inquisidores, los alguaciles, el notario, el médico y el procesado. Al contrario de lo que generalmente se cree, la Inquisición no inventó la tortura como parte del procedimiento jurídico ni tampoco era el único tribunal que la utilizaba. Su uso era genérico a todos los tribunales de la época. Al respecto, podemos sostener que era más benigna en su empleo que los tribunales civiles porque, a diferencia de aquellos, sólo en casos excepcionales la autorizaba, el tiempo de duración máxima del tormento era una hora y cuarto, estaba prohibido producir derramamiento de sangre o la mutilación de algún miembro y el médico junto con los propios inquisidores ―para evitar los abusos de los verdugos ― supervisaban su aplicación.
Carolina Campillay