Los organismos colegiados del Estado visigodo fueron el Aula Regia y los Concilios de Toledo, ambos colaboraban con el rey en las tareas legislativas, el Aula como asesoramiento y consulta, y los Concilios con sus cánones y decretos. Así, ambas fueron las grandes instituciones de la monarquía visigoda.
El Aula Regia comenzó como una mezcla de varias influencias, especialmente el Senatus, que fue el antiguo conjunto visigodo de ancianos magnates que asesoraban al rey, y el Consistorium principis, órgano asesor del Bajo Imperio. El núcleo principal lo constituyeron los magnates con oficio en el palacio, que eran ayudados por hombres libres no privilegiados, libertos e incluso siervos reales. Al conjunto se le denominó Officium palatinum, el cual adquirió su carácter definitivo con el rey Leovigildo.
Las oficinas de palacio (scrinia) estaban a cargo de los magnates que recibieron el título de comes y que fueron auxiliados por los minores o subalternos. Tras la reorganización de Leovigildo, el Officium quedó establecido de la siguiente manera:
- 1. Comites palatini, los que estaban vinculados a un oficio de origen doméstico:
- 1.1. Un comes spatharium, que tenía bajo su mando a los guardias armados.
- 1.2. Un comes stabulii, que tenía a sus órdenes a los stabularii, generalmente siervos.
- 1.3. Un comes scanciarum, auxiliado por el prepositus gillonarum (bodega) y por el prepositus coquorum (cocina), ambos siervos del rey.
- 1.4. Un comes cubiculii, que se hacía cargo de los servicios de la cámara regia.
2. Comites palatini vinculados a un officium publicum con la administración central:
2.1. Un comes notarium, jefe de la cancillería regia, que redactaba y escribía las leyes.
2.2. Un comes patrimonii, que administraba los recursos fiscales y encabezaba un conjunto de funcionarios, entre los que se encontraba un actor fisci en cada provincia.
2.3. Un comes thesaurorum, que administraba los tesoros públicos, y se encargaba de la recaudación de impuestos indirectos, como el de aduanas y tránsito. También atendía la acuñación de la moneda.
2.4. Un comes civitatis Toletanae, que, por ser la cabeza visible de la ciudad real, formaba parte del Officium palatinum.
Los magnates palatinos eran delegados del poder regio y agentes del rey. A ellos se unían otros maiores o comites sin oficios específicos, los dignatarios designados por el rey para gobernar las diferentes circunscripciones administrativas en que se dividía el Estado (duce provinciae), los encargados de la misma tarea en las ciudades (comites civitatis), los jefes militares de alto nivel (prepositi exercitus), los comites ordinarios que no tenían un ejercicio real del cargo, los fideles regis (magnates vinculados al rey por lazos de fidelidad), y algunos obispos.
Las facultades del Aula Regia no se limitaban exclusivamente a la composición de las leyes, sino que se extendían a otros asuntos políticos, judiciales y militares. No todos los integrantes del Aula actuaban a la vez debido a su extensión. En el Concilio XIII de Toledo se estableció un procedimiento y tribunal especiales para juzgar a los integrantes del Aula Regia; es el documento conocido como el Habeas Corpus de los visigodos.
José Carlos Sacristán