El tribunal del Santo Oficio de la Inquisición (I)

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Pocas instituciones a lo largo de la Historia han sido tan vilipendiadas como la Inquisición española, pero, ¿está justificada esa inquina?

Para poder llegar a alguna conclusión es menester el estudio del asunto, pero nos encontramos con un inconveniente: Los archivos fueron destruidos de forma metódica., siendo hoy inexistentes los de Barcelona, Córdoba, Valencia, Zaragoza, Mallorca, Logroño, Murcia, Toledo, Valladolid, Madrid, Lima, México, Cuba y Cartagena de Indias… pero a pesar de ello, la labor de destrucción, forzosamente, y dada la magnitud documental generada, no podía cumplirse en su totalidad, existiendo diseminados por todo el mundo libros que ayuden a recomponer la Historia.

Además, el archivo del tribunal de Cuenca existe y es accesible casi en su totalidad, gracias a un alma anónima que lo rescató en 1808 tras haber sido diseminado por el suelo por las tropas francesas, que lo utilizaron como cama y lo dejaron en el sitio al haber sido desalojados militarmente de la ciudad.

Además, hubo ediciones de libros que relataban el completo desarrollo de determinados Autos de Fe, y cuyo expolio total era difícil de llevar a cabo, siendo que hoy están al alcance de los curiosos.

Todo ello nos permite tener acceso a la realidad y determinar con un grado de precisión cercano al 100% qué fue y qué hizo el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición.

La Inquisición fue creada en 1229, en Languedoc, como medio de combatir la herejía cátara, y como medio de protección de la población. Y posteriormente se extendió por toda Europa, menos por Castilla, que la implantaría el año 1478, momento en que toda Europa se felicitó por el hecho.

Y es esta Inquisición, que se extendería por todo el Mundo Hispánico, la que venimos a tratar.

¿Y por qué acabó imponiéndose?… La España del siglo XV reclamaba la unidad del Estado, y la religión era lo único que podía unir estados tan dispares como los reinos que componían la nación que sería la garantía del derecho internacional: España.

En esos momentos, un atentado a la religión era observado como un atentado al Estado. Algo nada nuevo, por cierto, siendo que con la nueva Inquisición se garantizaba una paz social desconocida en otros lugares, y era un claro elemento vertebrador. Tengamos en cuenta por ejemplo, que en esos mismos tiempos, la guerra de religión de Francia causó muchas más muertes que todas las Inquisiciones juntas. Igual ocurrió en Alemania. España salió prácticamente ilesa de esta plaga gracias a la Inquisición.

También es necesario considerar que el empleo de la fuerza para combatir a los disidentes ha sido algo corriente en todas las culturas y confesiones. Basta pensar en la intolerancia de Lutero contra los campesinos alemanes, que produjo decenas de miles de víctimas; o en las leyes inglesas contra los católicos; o en la suerte de Miguel Servet, quemado por los calvinistas en Ginebra. Hay que decir, para ser justos, que ése era el trato normal que se daba en aquella época a casi todos los delitos. En esto coincidían tanto Lutero como Calvino, Enrique VIII, Carlos I o Felipe II. Y fuera de Occidente ocurría algo muy parecido.

¿Qué diferencia a España, y a la Inquisición, de todos ellos? Que la Inquisición daba unas garantías jurídicas inexistentes en los otros casos, lo que posibilitó que el número de víctimas de las inquisiciones europeas fuese escalofriantemente superior al número de víctimas de la Inquisición española, implantada en los cinco continentes.

Los motivos que indujeron a la instauración del santo tribunal se hunden en las últimas décadas del siglo XIV y en las primeras del XV, cuando eran constantes los alborotos. Los años que precedieron el reinado de los Reyes Católicos no fueron precisamente tranquilos, y los artífices de la Unidad Nacional se propusieron zanjar la cuestión con un instrumento que lograría calmar todos esos excesos.

Durante todos estos años, las confrontaciones, también doctrinales, se prodigaron. Pablo de Santa María, antiguo rabino mayor de Burgos, argumentaba en 1432 a favor del cristianismo, sin fomentar odio alguno contra sus antiguos correligionarios, que le respondieron considerándolo traidor y apóstata.

El siglo continuó con esas tiranteces, finalmente resultó aprobado el Santo Tribunal por el Papa Sixto IV el 1 de noviembre de 1478, pero no comenzó a actuar hasta 1480, no contra los judíos, sino contra los falsos conversos del judaísmo, cuyo nombre, “marranos” es una derivación de la palabra judía “mahram” justamente aplicada por los judíos militantes a quienes renegaban de la religión mosaica.

Sin embargo, y a pesar de no actuar nunca contra los judíos, la Inquisición ha sido presentada como una institución de persecución racial. Esa creencia se ve manifiestamente negada por la realidad de la ingente cantidad de personajes que trufan la historia de España, y que desde el mismo Fernando el Católico llevaban sangre judía.

La inquisición no entendía de sangre, sino de sentimiento, y si en algún momento llegó a exigirse estatuto de limpieza de sangre, aparte de no tener explicación, tampoco se llevó a rajatabla en toda la institución ni en todas las instituciones del estado.

Y es que contra lo que comúnmente se cree, el Santo Oficio no juzgaba judíos, musulmanes  o gentes  de otras religiones, sino que procesaba  a católicos, libremente bautizados como tales, que renegando de la fe retornaban  a sus cultos y llevaban un catolicismo aparente.

Juzguemos con la mente del siglo XVI… Antes de la existencia del Santo Oficio los apóstatas, como en toda Europa, eran sancionados por las autoridades civiles con pena de muerte por hoguera, lapidación, o decapitación así como con la confiscación  de sus bienes. La Apostasía también es castigada por el derecho musulmán. La Inquisición acabó con todo eso.

Y la Inquisición es acusada de utilizar el secreto como arma. Pero es que el uso del secreto fue aplicado al objeto de alcanzar la verdad. Tengamos bien en claro que a lo que más se parece un juicio o a una inquisición del Santo Oficio es a una confesión… llevada a cabo por un confesor terco… de acuerdo, pero con la voluntad de absolver al reo. Para ello se hacía necesario que el inquisidor no comunicase al mismo que era conocedor de aquellos asuntos que le habían hecho actuar. Bien al contrario, pretendía que el reo, motu propio, los confesase, se arrepintiese, y como consecuencia, fuese absuelto.

Pero es que ese secreto se aplicaba también ante los testigos, que debían denunciar no sabían qué ni de quién… y que acababan haciéndolo cuando el reo era culpable de aquello por lo que había sido detenido, sin ellos saberlo. Cuando menos, método llamativo, que tenía el objetivo de proteger tanto al reo, del que previamente se conocía con certeza su culpa, como a los propios testigos, que de otro modo eran perseguidos por los herejes.

En cualquier caso, no se aplicó la Inquisición exclusivamente a perseguir a los falsos conversos del judaísmo; también persiguió los otros tipos de herejía así como la sodomía o el contrabando de caballos.

Hemos dicho que los reos eran culpables de aquello que eran acusados, y es que la Inquisición no procesaba a nadie de quién no estuviese segura de su culpabilidad, ya que antes de proceder contra él había sido meticulosamente estudiado su caso, que se había producido, no por una denuncia, que nunca podía ser anónima, sino por varias denuncias efectuadas por personas distintas, o por pública actuación herética.

También procesó a inocentes, cierto, entre ellos a Carlos I… por poner un ejemplo. Y a Santa Teresa de Jesús… por poner otro ejemplo… Y resultaron absueltos…

Cesáreo Jarabo

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4 thoughts on “El tribunal del Santo Oficio de la Inquisición (I)”

  1. Excelente artículo, Cesáreo. Pero quiero puntualizar:
    1.- La Inquisición Episcopal fue creada, para combatir la Herejía Cátara, por bula del Papa Lucio III en 1.184.
    2.-Esta Inquisición Episcopal fue implantada en el Reino de Aragón, reinando Jaime I «el Conquistador», en 1.249.
    3.-En Castilla no se implanta hasta 1.442 con Juan II padre de Isabel la Católica.
    4.- La nueva Inquisición, efectivamente, no se crea hasta 1.478 mediante la bula «Exigit sincere devotionis affectus» del Papa Sixto IV.
    Ver el Capítulo: «Isabel Señora de Judíos. Expulsión e Inquisición»
    Atentamente,
    Francisco Iglesias

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