
LA ESTRUCTURA DE LOS MUNICIPIOS CASTELLANOS (II)
EL Corregidor La figura institucional del Corregidor no aparece en el Fuero que Fernando III otorga a Córdoba, tras reconquistarla en 1236. En esta época tan temprana la democracia ciudadana es más directa y participativa y los oficios municipales que se designan en el referido Fuero son: un juez, un Mayordomo, un escribano y cuatro alcaldes, siendo éstos últimos los que han de ser elegidos directamente por los habitantes de las collaciones o barrios, como las designaríamos hoy. Esta forma de actuación, que, podemos decir, entrega plenamente el gobierno de la ciudad a sus habitantes y que mutatis mutandis
